El Tribunal Constitucional (TC) dictó una sentencia que permitirá a ciudadanos ver y corregir sus datos en “ficheros” de organismos represivos del Estado.De acuerdo con la decisión del TC, los ciudadanos podrán acceder a los “ficheros” creados por las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los organismos de seguridad e inteligencia del Estado para conocer el estatus registral de sus datos personales, con la sola excepción de que “el ejercicio de tal derecho pueda constituirse en un obstáculo para el éxito de la investigación de un caso particular”.
El tribunal dio a conocer la sentencia interpretativa TC-0484-16 que modifica los artículos 4 y 40 de la Ley 172-13, de Protección de Datos Personales (Hábeas Data), luego que un grupo de entidades y juristas encabezados por la Fundación Prensa y Derecho y el abogado Namphi Rodríguez interpusieran una acción directa de inconstitucionalidad para reivindicar el acceso a la información personal, a la intimidad y a la dignidad humana de los ciudadanos frente a los organismos represivos estatales.
“Debe interpretarse que los titulares de dichos datos pueden tener acceso a las mismas (base de datos), salvo en los casos excepcionales en que el ejercicio de tal derecho pueda constituirse en un obstáculo para el éxito de la investigación de un caso en particular”, enfatiza el TC.
Al ponderar la sentencia, Namphi Rodríguez dijo que la misma es una victoria para los ciudadanos, puesto que con su fallo el TC cambia diametralmente el sentido de la Ley de Hábeas Data que no permitía a los ciudadanos acceder a esos “ficheros” para cotejar y corregir los datos personales que un organismo represivo tuviera en su poder.
Igualmente, el TC decidió que los ciudadanos no tienen que agotar obligatoriamente los procedimientos administrativos de las Sociedades de Información Crediticia (SIC-bancos de datos privados) para acceder a dichos ficheros.
“Una ficha extrajudicial e infundada puede representar una seria afrenta para el desarrollo de las actividades normales de una persona, por lo que era injusto que no se le permitiera a los ciudadanos tener acceso a los ficheros de esos organismos represivos, e incluso poder corregir datos falsos o incorrectos”, dijo Rodríguez, quien interpuso la acción en marzo del 2014, junto a Domingo Porfirio Rojas Nina, del Consejo Dominicano de los Derechos Humanos, y José Gregorio Cabrera, de la Alianza Ciudadana.
Namphi Rodríguez calificó la sentencia del Tribunal Constitucional como “un acto de justicia constitucional que sepulta los abusos del caliesaje y de la arbitrariedad heredados de la dictadura de Trujillo”.